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Foto del escritorGonzalbes Legal

Ayudas de la Gen. de Cataluña de 5.000 euros para autónomos y empresas con entre 1 y 5 empleados

Esta línea de ayudas se enmarca dentro del programa “Empleo + Transformación”, dotado con 45,5 millones de euros provenientes de fondos MRR (REACT-EU).


El objetivo principal de estas ayudas es ofrecer apoyo a los autónomos para que mantengan el empleo y, además, facilitar la transición hacia la economía verde o digital, obligando a que los beneficiarios realicen formaciones sobre la materia.


Requisitos específicos

Para microempresas y personas trabajadoras autónomas

  1. Tener entre una y cinco personas trabajadoras asalariadas en el momento de solicitar la ayuda

  2. Que volumen de negocio anual del último ejercicio disponible no sea superior a dos millones de euros.

Para cooperativas y sociedades laborales

  1. tener hasta cinco socios trabajadores en el momento de solicitar la ayuda.

  2. Que el volumen de negocio anual del último ejercicio disponible no sea superior a dos millones de euros.

  3. En el caso de las cooperativas, deben haber optado por la modalidad de asimilados a personas trabajadoras por cuenta ajena, a los efectos de la Seguridad Social.

Requisitos generales para todo tipo de beneficiario

  1. Tener, al menos, un centro de trabajo en Cataluña.

  2. No haber sido beneficiaria de esta ayuda o similar.

  3. Haber iniciado la actividad económica de acuerdo con la fecha límite de inicio que establecerá la convocatoria.

  4. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat y las obligaciones ante la Seguridad Social.

  5. No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiario/a de acuerdo con la normativa en materia de subvenciones.

  6. Cumplir con los requisitos y obligaciones que se establecen en las normativas de prevención de riesgos laborales, seguridad y salud en el trabajo, relaciones laborales, erradicación de la violencia machista, igualdad efectiva entre hombres y mujeres, igualdad de trato, inclusión de las personas con discapacidad y protección a la infancia y la adolescencia.

  7. Utilizar un lenguaje inclusivo y no sexista ni androcéntrico en los comunicados y la publicidad, tanto escrita como audiovisual.

  8. Cumplir los requisitos establecidos en la normativa en materia de política lingüística.

  9. Respetar el derecho a la accesibilidad para las personas con discapacidad

  10. Respetar la normativa vigente en materia de desarrollo sostenible.

  11. Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

  12. Cumplir con la normativa de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y adherirse al código ético que figura como anexo al Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio.

  13. Estar dada de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, en los supuestos en que sea obligatorio.

  14. Declarar si ha solicitado o ha obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, y hacer constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada u obtenida.

  15. No incurrir en doble financiación sobre el mismo coste, procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos, nacionales o internacionales y expresamente a cargo del presupuesto de la UE.

  16. Ser la persona física o jurídica titular de la cuenta bancaria que se indique en la solicitud para recibir la subvención.

  17. Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que pueda afectarla.

  18. Hacer publicidad de las subvenciones recibidas.

Plazo

El plazo de solicitud es del 6 de julio de 2022 a las 9.00 h hasta el 27 de julio de 2022 a las 15.00 h.



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